Mitos y Realidades de la Subcontratación

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Los procesos de outsourcing o subcontratación han sido estigmatizados por gran parte de la sociedad atribuyéndoles una serie de mitos.

En México se define a la subcontratación dentro de la ley federal del trabajo en su artículo 15 como “aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas”.

La micro, pequeña y mediana empresa subcontratan o externalizan funciones con el fin de adquirir una serie de beneficios a corto, mediano o largo plazo según la naturaleza de las labores delegadas, sin embargo este régimen se encuentra plagado de mitos de los cuales conocerás los más comunes a continuación:

Mito 1: El outsourcing es ilegal Panorama actual:

El outsourcing de personal en México está completamente regulado por la ley y las instituciones correspondientes, el artículo 15 de la ley federal del trabajo establece las condiciones y pautas necesarias para que una o más actividades de una empresa se consideren como subcontratación. Por otro lado una gran cantidad de empresas que ofertan sus servicios no cumplen con los requisitos mínimos establecidos por la ley, por lo que será necesario conocer el trayecto de una empresa antes de contratarla.

Mito 2.- Los derechos son menores para empleados subcontratados Panorama actual:

La ley federal del trabajo en su artículo 15-D establece que no se permitirá el régimen de subcontratación en el que exista transferencia de trabajadores entre ambas partes con el de disminuir los derechos laborales. La subcontratación tiene como fundamento la reducción de procesos considerados como no vitales para una empresa. El ahorro económico derivado de este régimen proviene de minimizar costos operativos y tiempo.

Mito 3.- Los empleados bajo el régimen de outsourcing no tienen prestaciones de Ley. Panorama actual:

Todo empleado subcontratado debe recibir las prestaciones establecidas en la ley como: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, día de descanso semanal, prima de antigüedad, utilidades, etc.

Mito 4: La subcontratación permite ahorrar dinero para mi empresa Panorama actual:

La respuesta a este mito se encuentra dentro de los proveedores de servicio y labores que se hayan subcontratado, esta práctica obedece a una decisión estratégica en la que dependiendo la función delegada se podría ahorrar en capacitaciones constantes, equipo físico, etc. Además de permitir enfocar la atención en las actividades clave que potencialicen el crecimiento de tu negocio.

Mito 5: Externalizar procesos de nómina hará que pierda el control de mi empresa Panorama actual:

El control general de una empresa que subcontrata las operaciones de nómina se mantiene en la empresa contratante, es decir que externalizar los procesos de nómina permitirá al cliente vincularse directamente en sus actividades clave, y delegando por completo el esfuerzo que representan las operaciones de nómina sin que se pierda el control.

En GB & A Consultoría, Impuestos y Servicios Legales contamos con profesionales y especialistas en diferentes materias fiscales cuya misión es maximizar los beneficios que supone la externalización de procedimientos contables y de nómina. Contáctanos para mayor información.